Autenticación de firma a ruego

La firma del compareciente de un documento privado o instrumento público se puede suplir por la de la otra persona a quien él ruegue o solicite que firme en su nombre, ya por que no sepa, o no pueda firmar. (Gonzalo Gonzalez Galvis, 2015, pág. 309)

De esta diligencia el notario dejará constancia del mismo en el respectivo documento. 

Para las personas que tienen discapacidad visual, que no sepan leer y/o escribir, el notario leerá en voz alta el documento. 

¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite?

  • Los interesados deben asistir personalmente a la notaría o pueden solicitar el servicio a domicilio (Aplica condiciones y  restricciones)
  • Traer el original de la cédula de ciudadanía
  • Traer el original del documento que se desea firmar 
  • Traer el testigo cuando así se requiera. 

Requisitos para
realizar el trámite

1. Que el documento se susceptible de ser apostillado.
2. Realizar pago de firma digital y transito cibernetico.
3. Aportar por parte del interesado informacion personal

Costo notarial

Se debe realizar el pago en la notaria de la firma digital y el transito cibernetico por un valor de $20.468, posteriormente se debe realizar un pago en la cancillería $32.700

NOTA: Esta diligencia  denominada “firma a ruego” aplica tanto para las autenticaciones como para las escrituras públicas.  

Tiempo de entrega

El tramite en notaria para realizar el cargue de la documentación y generar codigo de apostille tiene una demora aprox. de 20 min, luego de realizar el correcto cargue y darle finalidad al tramite tiene una demora 12 a 48 horas