Es un contrato celebrado ante Notario o ante un Juez, por medio del cual se unen legalmente un hombre y una mujer o dos (2) personas del mismo sexo.
Requisitos:
- Copia auténtica de los Registros civiles de nacimiento de los contrayentes no mayor a noventa (90) días de expedido, con la nota de válido para matrimonio o para acreditar parentesco.
- Fotocopia del documento de identificación de los contrayentes
- Si tienen hijos dentro de la unión deben presentar copia auténtica de los Registros civiles de nacimiento de los mismos.
- Fotocopia del documento de identificación de los hijos.
- Si alguna de las personas contrajeron matrimonio anteriormente deben presentar copia auténtica del Registro civil de matrimonio con la nota de divorcio.
- Si alguna de las personases solter@ por viudez debe presentar el registro de defunción de su expareja
Si los contrayentes son menores de edad: Autorización debidamente autenticada por los padres del menor.
Si uno de los contrayentes es extranjero, se debe aportar: Registros civiles de nacimientos, certificado de soltería, pasaporte o cédula de extranjería debidamente apostillados y traducidos al idioma español de ser el caso. (Si el extranjero no domina el idioma español se debe traer traductor oficial)
Nota: si hay hijos menores de edad fuera de la unión, se debe anexar como requisito legal el inventario solemne de bienes, aportando el registro civil de nacimiento de los hijos que son menores de edad. este trámite le genera al interesado un costo adicional.
Muy importante: los otorgantes mayores de 70 años, deben aportar certificación médica, del pleno usos de sus facultades mentales.