Notaria 17 de Bogotá

Registro civil de matrimonio

El registro civil de matrimonio es el documento público que certifica legalmente el matrimonio entre dos personas y es necesario para realizar una variedad de trámites legales.

DOCUMENTOS REQUERIDOS

– Partida de matrimonio original con autenticación eclesiástica.
– Copias de las cédulas de los contrayentes.
– Registro civil de nacimiento de los contrayentes.
– Si se está legitimando hijos, se debe aportar registro de nacimiento de los hijos a legitimar.
– Cédula original y copia de la persona que realice el registro.

Tiempo de entrega

1. Que el documento sea susceptible de ser apostillado.
2. Realizar pago de firma digital y tránsito cibernético.
3. Aportar por parte del interesado información personal 

Costo notarial

La inscripción del registro por primera vez no tiene ningún costo. Las copias según la tarifa notarial.

Requisitos para realizar el trámite

Para asentar el registro de matrimonio católico se requiere:

  • Acta original de matrimonio expedida por la autoridad religiosa, con la debida  autenticación eclesiástica.
  • Fotocopias de las cédulas de los contrayentes.
  • Copia auténtica del registro civil de nacimiento de los cónyuges. (Este documento es solicitado para notificar a las notarías donde están registrados los cónyuges el acto de matrimonio contraído por ellos, para que se realicen las respectivas notas marginales).
  • Si hay hijos en común y están legitimados dentro del acta de matrimonio, se deberá aportar copia auténtica de los registros civiles de nacimiento de los mismos. 
  • Si la persona que inscribe el registro civil de  matrimonio, es diferente a los cónyuges deberá presentar su cédula original y la fotocopia de esta.

Para asentar el registro de matrimonio celebrado por otros credos diferentes al católico se requiere:

  • Copia fidedigna del acta religiosa expedida por la Iglesia o congregación, acompañada de la certificación auténtica acerca de la competencia del ministro religioso que ofició el matrimonio, que debe ser protocolizada, mediante escritura pública.
  • Para aceptar el registro de matrimonio celebrado ante notario se requiere presentar la escritura pública de protocolización. (revisar sección tarifas).

Para asentar el registro de matrimonio celebrado ante el Juez Civil Municipal se requiere:

  • Para los matrimonios celebrados ante Juez Civil Municipal el documento antecedente será la decisión judicial, que debe ser protocolizada, mediante escritura pública.

Para asentar el registro de matrimonio celebrado ante Notario se requiere:

  • El documento antecedente será la decisión judicial, que debe ser protocolizada, mediante escritura pública.

Para asentar el registro de matrimonio celebrado en el extranjero se requiere:

  • Copia auténtica del Registro civil de matrimonio del país de origen debidamente apostillado o legalizado.
  • Si el registro de matrimonio  está en otro idioma este debe ser traducido por un traductor oficial de Colombia, conforme lo establece el Artículo  251 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso ) 
  • Documento de identidad de los contrayentes.
Ir al contenido